| Resolución | PD-00056-2023 |
| Firmado | 2023-09-12T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A., un guarda forestal, denunció a REJER CLUBCAZA, S.L. por publicar un vídeo en el que se difunden su imagen y la matrícula de su vehículo sin consentimiento. El reclamante solicitó la supresión del contenido, pero no recibió respuesta. La entidad argumentó que la publicación era de interés público y que el reclamante, al tener distintivos en su vehículo, buscaba notoriedad. Sin embargo, se determinó que la entidad no había atendido adecuadamente la solicitud de supresión, infringiendo el derecho de supresión establecido en el RGPD. Se instó a la entidad a responder a la solicitud del reclamante en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por infracción muy grave.