| Resolución | PD-00054-2025 |
| Firmado | 2025-06-30T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El expediente EXP202415625 trata sobre una reclamación presentada por A.A.A. contra Brooklyn Fitboxing International, S.L. La parte reclamante solicitó la supresión de sus datos personales y la baja de sus servicios en 2021, pero continuó recibiendo comunicaciones comerciales hasta enero de 2024. La reclamante alega que, a pesar de haber solicitado la supresión de sus datos, la entidad no respondió adecuadamente y continuó enviando publicidad.
La entidad reclamada argumentó que no recibió una solicitud expresa para cancelar los datos o excluir al reclamante del envío de comunicaciones comerciales, y que sus protocolos internos permiten la conservación de datos durante cinco años para usuarios inactivos. Sin embargo, la reclamante insistió en que había solicitado reiteradamente la eliminación de sus datos y que las comunicaciones comerciales no incluían información sobre cómo darse de baja.
La resolución concluye que la entidad no atendió adecuadamente la solicitud de supresión de datos en el plazo legalmente establecido, lo que constituye una infracción formal. Aunque la entidad finalmente respondió extemporáneamente, la reclamación se estima por motivos formales, sin necesidad de realizar actuaciones adicionales. La entidad no fue sancionada, pero se le notificó la resolución para que tome las medidas necesarias para evitar futuras infracciones.