| Resolución | PD-00054-2022 |
| Firmado | 2022-07-05T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra TRACTAMENT D’AIGUES TEIA, S.L. por no haber respondido a su solicitud de supresión de datos personales, un derecho establecido en el RGPD. La parte reclamante ejerció su derecho de supresión, pero no recibió respuesta alguna. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que la entidad reclamada no había atendido la solicitud ni los requerimientos posteriores. La resolución estima la reclamación y ordena a la entidad que, en un plazo de diez días hábiles, atienda la solicitud de supresión o deniegue motivadamente la petición. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.