| Resolución | PD-00053-2026 |
| Firmado | 2026-03-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Resumen de la decisión
En el expediente EXP202518781, el reclamante ejerció su derecho de supresión (artículo 17 del RGPD) contra la entidad Salchi Bicicletas, S.L., solicitando que se eliminaran sus datos personales. Sin embargo, la entidad no respondió a su solicitud dentro del plazo legalmente establecido (un mes desde la recepción), incumpliendo así con la obligación de responder a los derechos ejercidos por los afectados según el RGPD y la LOPDGDD.
Durante el procedimiento, la entidad acreditó haber respondido a la solicitud, pero lo hizo fuera del plazo legal, ya que la respuesta se emitió una vez iniciado el procedimiento ante la autoridad competente. Aunque finalmente se atendió el derecho, la demora en la respuesta constituye una vulneración formal al no cumplirse los plazos legales de atención.
La resolución estima la reclamación por motivos formales, pero no impone una sanción adicional, ya que la entidad ha procedido a subsanar el incumplimiento. Se notifica a ambas partes y se publica la resolución de conformidad con la normativa vigente. La parte reclamada queda advertida de la obligación de cumplir los plazos establecidos para el ejercicio de los derechos de los interesados en futuras ocasiones.