AEPD sanciona a ENAIRE por incumplir el derecho de acceso a datos personales en proceso de selección de controladores aéreos

Resolución PD-00047-2024
Firmado 2024-06-07T00:00:00Z
Enlace 📋

Un individuo, A.A.A., reclamó ante ENAIRE por no haber recibido respuesta a su solicitud de acceso a datos personales, específicamente informes de evaluación generados durante un proceso de selección para controladores de tráfico aéreo. A.A.A. había solicitado estos informes a la empresa MANPOWER, que realizó las evaluaciones, y posteriormente a ENAIRE, sin obtener una respuesta completa. ENAIRE solo proporcionó los datos personales básicos sin mencionar los informes de evaluación.

La resolución estima la reclamación, considerando que ENAIRE infringió el derecho de acceso establecido en el Artículo 15 del RGPD. Se insta a ENAIRE a que, en un plazo de diez días hábiles, remita a A.A.A. la certificación solicitada o deniegue motivadamente la petición. El incumplimiento de esta resolución podría resultar en una infracción muy grave, sancionable según el artículo 83.6 del RGPD.