AEPD desestima reclamación contra la ONCE: La entidad atendió adecuadamente el derecho de supresión de datos del reclamante.

Resolución PD-00042-2022
Firmado 2022-06-09T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra la Organización Nacional de Ciegos (ONCE) por no haber atendido adecuadamente su solicitud de supresión de datos personales. El reclamante ejerció su derecho de supresión, pero no recibió una respuesta conforme a la normativa vigente. La ONCE argumentó que los datos laborales del reclamante ya habían sido suprimidos y que, para la relación de afiliado, se debía seguir un procedimiento específico de baja.

Tras el análisis, se determinó que la ONCE había informado correctamente al reclamante sobre las vías a seguir para la supresión de datos en ambas relaciones jurídicas. Por lo tanto, la reclamación fue desestimada, ya que se consideró que el derecho de supresión había sido atendido adecuadamente. No se impuso sanción alguna, ya que se entendió que las garantías y derechos del reclamante habían sido restaurados.