| Resolución | PD-00041-2026 |
| Firmado | 2026-03-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El expediente EXP202513443 (PD/00041/2026) se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra la entidad CENTRO INTEGRAL DE ANSIEDAD Y ESTRÉS, S.L.U. La reclamante ejerció su derecho de acceso el 2 de junio de 2025, solicitando información sobre los datos personales que la entidad tenía sobre ella. Sin embargo, la entidad no respondió dentro del plazo de un mes establecido por la normativa de protección de datos.
La entidad reclamada argumentó que no identificó inicialmente la solicitud como un ejercicio de derechos y que, posteriormente, respondió el 3 de septiembre de 2025 mediante un correo electrónico encriptado, proporcionando una contraseña telefónicamente. La reclamante, sin embargo, alegó que la respuesta fue incompleta y extemporánea, y que la información proporcionada no era específica ni detallada.
La entidad reclamada sostuvo que había cumplido con el artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), proporcionando información sobre los fines del tratamiento, las categorías de datos, los destinatarios, el plazo de conservación y los derechos del interesado. Sin embargo, la reclamante insistió en que la respuesta no incluía datos personales concretos ni detalles específicos sobre el tratamiento de su información.
La resolución estimó la reclamación, considerando que la entidad no había atendido adecuadamente el derecho de acceso. Se ordenó a la entidad que, en un plazo de diez días hábiles, remitiera a la reclamante una certificación que atendiera el derecho de acceso ejercido o denegara motivadamente la solicitud. El incumplimiento de esta resolución podría comportar una infracción muy grave según el artículo 83.6 del RGPD.