| Resolución | PD-00038-2025 |
| Firmado | 2025-03-26T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un ciudadano ejerció su derecho de acceso a sus datos personales ante el Ayuntamiento de Vegadeo, pero no recibió respuesta en el plazo legal. La entidad no contestó ni a la solicitud del ciudadano ni a los requerimientos posteriores. La normativa exige que cualquier solicitud de ejercicio de derechos debe ser respondida, incluso si no hay datos del interesado o si no se cumplen ciertos requisitos, en cuyo caso se debe requerir la subsanación o denegar la solicitud motivadamente. Dado que el Ayuntamiento no ha respondido, se estima la reclamación y se le insta a atender el derecho de acceso o a denegarlo motivadamente en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría ser considerado una infracción muy grave.