AEPD ordena a Loro Parque atender derecho de acceso sin exigir copia del DNI en solicitudes presenciales

Resolución PD-00038-2022
Firmado 2022-06-15T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra LORO PARQUE, S.A. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a sus datos personales. El reclamante solicitó ejercer su derecho de acceso de manera presencial, mostrando su DNI, pero la entidad insistió en que debía aportar una copia del documento. La entidad argumentó que necesitaba verificar la documentación, pero el reclamante consideró que la identificación presencial era suficiente.

Se determinó que, aunque la identificación es necesaria, no es obligatorio aportar una copia del DNI cuando se realiza de manera presencial. Por ello, se estimó la reclamación y se instó a LORO PARQUE, S.A. a atender el derecho de acceso del reclamante en un plazo de diez días hábiles, bajo amenaza de sanción por incumplimiento.