| Resolución | PD-00033-2023 |
| Firmado | 2023-09-04T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante, A.A.A. en representación de B.B.B., denunció a Vodafone España, S.A.U. por no haber atendido adecuadamente su solicitud de acceso a datos de geolocalización de sus líneas telefónicas. La solicitud, realizada el 18 de octubre de 2022, no recibió la respuesta legalmente establecida. Vodafone respondió que dichos datos no constaban en sus ficheros, pero el reclamante insistió en su derecho a acceder a ellos.
Tras el análisis, se determinó que Vodafone no proporcionó una respuesta completa al derecho de acceso del reclamante. La empresa argumentó que los datos de ubicación se conservan únicamente para ser cedidos a autoridades con autorización judicial, según la Ley 25/2007. Sin embargo, esta ley no restringe el derecho de acceso del interesado a sus propios datos personales.
Por ello, se estimó la reclamación y se instó a Vodafone a remitir al reclamante la certificación solicitada o a denegarla motivadamente en un plazo de diez días hábiles. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción sancionable.