La AEPD ordena a Groupon atender la solicitud de supresión de datos o responderla motivadamente en diez días

Resolución PD-00028-2022
Firmado 2022-03-21T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra GROUPON INTERNATIONAL LIMITED por no haber atendido su solicitud de supresión de datos personales. La parte reclamante ejerció su derecho de supresión, pero no recibió respuesta alguna. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que la solicitud no había sido atendida ni denegada motivadamente. La resolución insta a GROUPON INTERNATIONAL LIMITED a atender el derecho de supresión solicitado o a denegarlo motivadamente en un plazo de diez días hábiles, comunicando las actuaciones realizadas. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción.