| Resolución | PD-00026-2023 |
| Firmado | 2023-05-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra el Servicio Extremeño de Salud por no haber respondido a su solicitud de ejercicio del derecho de supresión de datos personales, conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La parte reclamante ejerció su derecho de supresión y no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que el Servicio Extremeño de Salud no había respondido a la solicitud ni a los requerimientos posteriores. La resolución estima la reclamación y ordena al Servicio Extremeño de Salud que, en un plazo de diez días hábiles, atienda la solicitud de supresión o deniegue motivadamente la petición. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una infracción muy grave según el RGPD.