| Resolución | PD-00023-2023 |
| Firmado | 2023-05-26T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. presentó una reclamación contra SOM INTERSINDICAL por no haber respondido a su solicitud de supresión de datos personales, un derecho establecido en el RGPD. La parte reclamante ejerció su derecho de supresión, pero no recibió respuesta alguna dentro del plazo legal. Tras las actuaciones procedimentales, se constató que SOM INTERSINDICAL no había atendido la solicitud ni los requerimientos posteriores. La resolución insta a SOM INTERSINDICAL a responder a la solicitud de supresión en un plazo de diez días hábiles, indicando las causas si no procede atenderla. El incumplimiento podría ser considerado una infracción muy grave.