AEPD ordena a EVO BANCO responder a la solicitud de acceso a datos personales o negarla de forma motivada tras estimar la reclamación de un cliente.

Resolución PD-00021-2022
Firmado 2022-06-03T00:00:00Z
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A.A.A. presentó una reclamación contra EVO BANCO, S.A.U. por no haber respondido adecuadamente a su solicitud de ejercicio del derecho de acceso, conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La parte reclamante solicitó información sobre sus datos personales, pero no recibió respuesta en el plazo legal establecido.

Durante el procedimiento, EVO BANCO remitió una respuesta a la autoridad competente, pero no acreditó haber informado al reclamante. La entidad no proporcionó documentación que demostrara haber atendido la solicitud del interesado.

La resolución estima la reclamación y ordena a EVO BANCO que, en un plazo de diez días hábiles, remita al reclamante la información solicitada o deniegue la solicitud de manera motivada. El incumplimiento de esta resolución podría conllevar una sanción.