La AEPD sanciona a la Consejería de Educación del Principado de Asturias por incumplir el derecho de acceso a datos personales tras un procedimiento de silencio administrativo

Resolución PD-00005-2025
Firmado 2026-03-13T00:00:00Z
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**Resumen de la resolución (aproximadamente 300 palabras):**

Se trata de un procedimiento por **falta de atención al derecho de acceso a datos personales**, iniciado tras la reclamación presentada por A.A.A. contra la Consejería de Educación del Principado de Asturias. El reclamante ejerció su derecho el **13 de noviembre de 2023** ante el Colegio Público Melchor Gaspar de Jovellanos —centro educativo dependiente de la Consejería—, solicitando acceso a sus datos personales y los de su hijo menor, pero la entidad no respondió en el plazo legal establecido. Tras la reclamación ante la autoridad competente, la Consejería alegó que facilitó los medios para ejercer el derecho (contacto del delegado de protección de datos) pero no acreditó que el reclamante actuara conforme a ello. Finalmente, se estimó la reclamación por **silencio administrativo**, al no resolverse en el plazo de seis meses desde la admisión a trámite (hasta el 1 de marzo de 2025).

La resolución **estimó la reclamación** y ordenó a la Consejería que, en **10 días hábiles**, atienda el derecho de acceso o lo deniegue motivadamente, debiendo comunicar las actuaciones realizadas. El incumplimiento de esta orden podría constituir una **infracción muy grave** (artículo 83.6 del RGPD), sancionable conforme al artículo 58.2 del mismo reglamento.

**Motivo de la sanción potencial:** La infracción se deriva de la **vulneración del artículo 15 del RGPD**, que garantiza el derecho de acceso a los datos personales. La Consejería no acreditó haber respondido a la solicitud en plazo ni justificado su denegación, incumpliendo así con las obligaciones como responsable del tratamiento. La estimación por silencio refuerza que el procedimiento estuvo paralizado sin causa legítima, lo que agrava la infracción.

La reclamación se resolvió en favor del interesado, instando a la entidad a cumplir con la normativa y alertando de las consecuencias en caso de nueva omisión.