| Resolución | PD-00002-2024 |
| Firmado | 2024-02-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La parte reclamante ejerció su derecho de supresión de datos frente a Vodafone España, S.A.U., pero no recibió respuesta en el plazo legalmente establecido. Tras la tramitación del procedimiento, Vodafone acreditó haber respondido a la solicitud, aunque fuera de plazo. La resolución estima la reclamación por motivos formales debido a la respuesta extemporánea, pero no se requiere una nueva certificación. La decisión subraya la obligación de responder a las solicitudes de derechos de protección de datos dentro del plazo legal, asegurando que los afectados reciban una respuesta adecuada y oportuna.