Denuncian a A.A.A. por incumplir la normativa de protección de datos con cámaras de videovigilancia en su fachada

Resolución PA-00069-2023
Firmado 2025-03-11T00:00:00Z
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Se denuncia que A.A.A. tiene dos cámaras de videovigilancia en la fachada de su domicilio, orientadas hacia la vía pública y sin los carteles informativos necesarios. La reclamación se basa en la falta de señalización y en la captación excesiva de imágenes de la vía pública, lo cual vulnera el principio de minimización de datos y la obligación de informar a los interesados.

Se considera que A.A.A. ha incumplido el artículo 5.1.c del RGPD, que establece que los datos personales deben ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario. Además, se ha incumplido el artículo 13 del RGPD, que obliga a informar a los interesados sobre el tratamiento de sus datos personales.

Se le apercibe a A.A.A. para que, en un plazo de un mes, reoriente las cámaras para evitar la captación excesiva de la vía pública y coloque carteles informativos visibles. No cumplir con estas medidas puede resultar en un procedimiento sancionador.