AEPD archiva procedimiento contra A.A.A. por falta de pruebas en caso de videovigilancia sin señalización

Resolución PA-00034-2024
Firmado 2026-01-16T00:00:00Z
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En el expediente EXP202411320, se interpuso una reclamación el 23 de julio de 2024 contra A.A.A., quien es identificado como el responsable de un establecimiento comercial. La denuncia se basa en la presencia de cámaras de videovigilancia que captan tanto audio como video sin la debida señalización informativa. La parte reclamante, que es un agente policial, tuvo conocimiento de estas cámaras durante una denuncia realizada por A.A.A. y aportó videos como prueba, los cuales fueron facilitados por un juzgado a su abogada.

A.A.A. fue notificado de la reclamación, pero la primera notificación fue devuelta por dirección incorrecta. La segunda notificación se entregó el 10 de septiembre de 2024. A.A.A. respondió el 30 de octubre de 2024, afirmando que las cámaras no estaban en funcionamiento, pero sin ofrecer más explicaciones sobre la reclamación.

El procedimiento se inició el 18 de julio de 2025, con la acusación de posibles infracciones a los artículos 5 y 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), tipificadas en el artículo 83.5 a) y b) del mismo reglamento. Sin embargo, no se constató que las cámaras estuvieran operativas en el momento actual ni que se hubiera realizado un almacenamiento de datos personales.

La resolución final determinó que no se podía imponer ninguna sanción debido a la falta de pruebas que acreditaran la infracción. Además, se consideró que las grabaciones fueron utilizadas únicamente en el contexto de un procedimiento judicial, donde fueron admitidas como prueba. La presunción de inocencia y el derecho a la tutela judicial efectiva también jugaron un papel crucial en la decisión de archivar el procedimiento.

Por lo tanto, se ordenó el archivo del procedimiento y se notificó la resolución a A.A.A. La decisión se basa en la falta de evidencia suficiente para demostrar la infracción y en la protección de los derechos fundamentales del reclamado.