AEPD sanciona a «República Errante Menda Lerenda» por incumplir la normativa de protección de datos y ordena adaptar su política de privacidad

Resolución PA-00027-2024
Firmado 2025-07-18T00:00:00Z
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El procedimiento se inició tras una reclamación presentada por A.A.A. contra B.B.B., responsable de la web «República Errante Menda Lerenda» (R.E.M.L). La reclamación se basó en la falta de información sobre el tratamiento de datos personales de los usuarios que facilitaban sus datos en la web para obtener un «certificado de ciudadanía».

La parte reclamante solicitó información sobre la identidad del responsable del tratamiento y las finalidades del mismo, pero recibió respuestas evasivas que negaban la existencia de tratamiento de datos personales, a pesar de que la web contenía un formulario que recogía datos como nombre, apellidos, domicilio y correo electrónico.

Tras una investigación, se comprobó que la web sí recogía datos personales y que no proporcionaba la información requerida por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La parte reclamada fue notificada y se le dio un plazo para corregir la falta de información, pero no se realizaron las modificaciones necesarias.

La decisión concluyó que la parte reclamada había incumplido el artículo 13 del RGPD, que establece la obligación de informar a los interesados sobre el tratamiento de sus datos personales. Se consideró que esta infracción era leve y se procedió a dirigir un apercibimiento a B.B.B., ordenándole que adaptara la política de privacidad de su web a lo establecido en el artículo 13 del RGPD en un plazo de tres meses. La falta de cumplimiento de esta orden podría dar lugar a un nuevo procedimiento administrativo.