| Resolución | PA-00021-2023 |
| Firmado | 2024-02-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Una vecina denunció a su vecino por instalar una cámara de seguridad en un jardín privativo de la comunidad, orientada hacia su fachada y ventanas sin autorización. La cámara, comprada por internet, se activaba con movimiento y tenía visión nocturna, con la finalidad de preservar la seguridad de la vivienda del vecino. Sin embargo, la cámara captaba también zonas privadas de la vecina, incumpliendo el principio de minimización de datos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Tras reorientar la cámara para que solo captara su propiedad, se consideró que se había corregido la infracción. No obstante, se le dirigió un apercibimiento al vecino por la vulneración inicial del principio de minimización de datos.