| Resolución | PA-00015-2024 |
| Firmado | 2026-04-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Resumen de la decisión:
La resolución se refiere a una reclamación presentada contra NAPPTIVE SOLUTIONS, S.L. por enviar un correo electrónico comercial no solicitado el 27 de octubre de 2022 a un profesional, obteniendo su dirección de GitHub sin informarle previamente sobre el uso que se daría a sus datos, en violación del artículo 14 del RGPD (información que debe facilitarse cuando los datos no se obtienen del interesado).
Denuncia:
El reclamante argumentó que el envío de este correo, promocionando una plataforma tecnológica, vulneró sus derechos al no recibir información previa sobre el tratamiento de sus datos, como exige el RGPD cuando estos se recopilan de fuentes accesibles al público (como repositorios de código).
Fundamento de la sanción:
Aunque la empresa alegó que actuó bajo un interés legítimo (artículo 6.1.f del RGPD), la autoridad concluyó que no cumplió con la obligación de informar al interesado sobre los fines del tratamiento y sus derechos, aspectos esenciales del artículo 14 del RGPD. Se considera infracción muy grave, tipificada en el artículo 83.5 del RGPD (sancionable con multas de hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio anual).
Apercibimiento:
Por ello, se dirige un apercibimiento a la empresa, requiriendo que cumpla con la normativa en futuros tratamientos. La decisión se basa en:
La omisión de información clave al interesado (origen de los datos, finalidad, derechos).
La gravedad de la infracción, que afecta derechos fundamentales de los afectados.
La no prescripción de la falta (plazo de 3 años según la LOPDGDD).
Justificación:
El apercibimiento es una medida correctiva menos severa que una multa, pero obliga a la empresa a adoptar prácticas conforme al RGPD. Se destaca que, aunque el interesado era un profesional y el dato era público, la transparencia es obligatoria, y el RGPD no exime de este deber ni siquiera en tratamientos basados en interés legítimo.
La resolución subraya la importancia del principio de transparencia para garantizar los derechos de los interesados, incluso en contextos profesional