AEPD sanciona a vecina por captar imágenes de zonas ajenas con su sistema de videovigilancia

Resolución PA-00010-2023
Firmado 2024-03-27T00:00:00Z
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La vecina B.B.B. fue denunciada por su vecina A.A.A. por instalar un sistema de videovigilancia con tres cámaras en movimiento que captaban imágenes de zonas ajenas a su propiedad, incluyendo la vivienda de la reclamante, sin su autorización. La reclamante presentó fotografías que mostraban la ubicación de las cámaras, pero no se especificaba su campo de visión.

La reclamada fue requerida para proporcionar información detallada sobre su sistema de videovigilancia, incluyendo fotografías del campo de visión de las cámaras y los carteles informativos. Sin embargo, no cumplió completamente con estos requisitos, lo que llevó a un procedimiento de apercibimiento.

Se determinó que B.B.B. había incumplido el principio de minimización de datos al captar imágenes excesivas de terrenos ajenos y no había proporcionado la información completa requerida por la normativa de protección de datos. Aunque subsanó la falta de información en los carteles, la captación excesiva de imágenes persistió.

Por estas razones, se le dirigió un apercibimiento y se le ordenó ajustar su sistema de videovigilancia para que no captara zonas ajenas a su propiedad, con un plazo de un mes para acreditar el cumplimiento de esta medida.