La AEPD sanciona la instalación ilegal de cámaras de videovigilancia en una vivienda que capturan la vía pública sin autorización ni información adecuada.

Resolución PA-00006-2024
Firmado 2024-10-17T00:00:00Z
Enlace 📋

Se denuncia la instalación de dos cámaras de videovigilancia en la fachada de una vivienda, las cuales captan la vía pública sin la debida autorización y sin carteles informativos que especifiquen el responsable del tratamiento de datos y cómo ejercer los derechos correspondientes. La parte reclamada fue notificada y comunicó que retiraría las cámaras, pero no se ha comprobado esta acción. Se considera que esta instalación vulnera el principio de minimización de datos y la obligación de informar a los afectados, conforme a los artículos 5.1.c y 13 del RGPD. Por ello, se dirige un apercibimiento a la parte reclamada, ordenándole que retire o reoriente las cámaras para que no capturen la vía pública y que coloque carteles informativos adecuados en un plazo de un mes.