| Resolución | E-09127-2018 |
| Firmado | 2019-06-06T00:00:00Z |
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En el expediente E/09127/2018, se denunció a la Comunidad de Propietarios Almenara Club Social por la instalación de un lector de huella dactilar como control de acceso al club social, sin ofrecer alternativas y sin obtener el consentimiento de los afectados, incluyendo menores de edad. La denuncia fue presentada por A.A.A., quien también reclamó no haber podido ejercer su derecho de acceso a los datos personales.
Las actuaciones previas de investigación se iniciaron el 4 de junio de 2018 y debían concluir en un plazo máximo de doce meses. Sin embargo, al no haberse dictado y notificado un acuerdo de inicio de procedimiento sancionador dentro de este plazo, las actuaciones previas se declararon caducadas.
La resolución establece que, aunque las actuaciones previas han caducado, los hechos investigados no están prescritos. Por lo tanto, se instruye a la Subdirección General de Inspección de Datos para que inicie nuevas actuaciones de investigación sobre los mismos hechos.
Finalmente, se acuerda el archivo de las presentes actuaciones, la apertura de nuevas actuaciones de investigación y la notificación de esta resolución a la Comunidad de Propietarios Almenara Club Social y a A.A.A. Los interesados pueden interponer recurso de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.