AEPD sanciona a TURDIPESASUR por ignorar solicitudes de baja y enviar publicidad no deseada por fax

Resolución E-08529-2018
Firmado 2019-05-27T00:00:00Z
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La entidad MALLO MARINELLI MOTOR S.L. presentó una denuncia contra TURDIPESASUR, S.L. por la recepción continua de publicidad y comunicaciones comerciales no deseadas a través de fax, a pesar de haber solicitado en repetidas ocasiones la cancelación de sus datos y la suspensión de dichos envíos. El reclamante aportó como prueba los faxes recibidos y las solicitudes de baja enviadas a la empresa reclamada.

Tras recibir la denuncia, se llevaron a cabo actuaciones previas de investigación para esclarecer los hechos. Se requirió a TURDIPESASUR, S.L. información detallada sobre el procedimiento seguido para atender el derecho de oposición a la recepción de información comercial vía fax, las solicitudes de baja realizadas por MALLO MARINELLI MOTOR S.L. y la documentación que acreditara el origen del número de teléfono y el consentimiento para recibir información comercial. Sin embargo, los requerimientos no fueron atendidos, ya que la empresa no retiró la notificación enviada a su nueva dirección.

La normativa vigente, específicamente el artículo 17 de la Ley General de Telecomunicaciones y el artículo 21 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), establece que los usuarios tienen derecho a no recibir llamadas automáticas o mensajes de fax con fines comerciales sin su consentimiento previo e informado. Además, pueden oponerse a recibir llamadas no deseadas con fines comerciales y deben ser informados de este derecho.

En este caso, el reclamante ejerció su derecho de oposición, pero la empresa reclamada no atendió sus solicitudes ni proporcionó la información requerida. Debido a la falta de respuesta y la imposibilidad de contactar con el responsable del tratamiento, se procedió al archivo de las actuaciones. No obstante, se dejó abierta la posibilidad de futuras investigaciones si se reiteran conductas similares o si no se aplican medidas adecuadas para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales.

La resolución se notificó a ambas partes, y se informó sobre los recursos administrativos y contencioso-administrativos que podían interponerse contra la decisión.