AEPD archiva denuncia contra Orange España (Jazztel) por suplantación de identidad, reconociendo su diligencia en la gestión de datos.

Resolución E-05451-2017
Firmado 2018-01-19T00:00:00Z
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En julio de 2017, D. A.A.A. y D. B.B.B. presentaron una denuncia contra ORANGE ESPAGNE, S.A.U. (JAZZTEL) alegando que sus datos habían sido incluidos fraudulentamente en el fichero de solvencia patrimonial ASNEF y que se habían contratado líneas telefónicas a su nombre sin su consentimiento. Los denunciantes afirmaron que habían sido víctimas de suplantación de identidad tras la sustracción de una tarjeta bancaria.

La investigación reveló que, en el caso de D. A.A.A., las líneas telefónicas contratadas fraudulentamente fueron dadas de baja en mayo de 2015 por impago y no se llegó a inscribir su deuda en ficheros de solvencia. Además, la deuda fue anulada y no se registró ninguna factura rectificativa. La dirección asociada a estas contrataciones no coincidía con la proporcionada por los denunciantes, lo que sugirió que se trataba del domicilio del suplantador.

En cuanto a D. B.B.B., se encontraron tres líneas telefónicas contratadas en febrero de 2015, que fueron dadas de baja en agosto de 2015. Las facturas emitidas fueron devueltas y la deuda fue anulada tras ser catalogada como fraude. La dirección de envío de los terminales móviles también difería de la proporcionada por los denunciantes. Se aportaron grabaciones de las contrataciones telefónicas y un certificado que acreditaba la exclusión de los datos de D. B.B.B. del fichero ASNEF.

La entidad ORANGE ESPAGNE, S.A.U. (JAZZTEL) demostró haber actuado con diligencia razonable, verificando las contrataciones y anulando las deudas fraudulentas. No se encontraron elementos probatorios que indicaran una vulneración de la normativa de protección de datos por parte de la empresa.

Por lo tanto, se decidió archivar las actuaciones, concluyendo que no se había acreditado ninguna infracción por parte de ORANGE ESPAGNE, S.A.U. (JAZZTEL). La resolución fue notificada a las partes involucradas, y se indicaron los recursos administrativos y contenciosos disponibles en caso de disconformidad.