| Resolución | E-03965-2018 |
| Firmado | 2019-03-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento E/03965/2018, se investigaron múltiples denuncias y reclamaciones presentadas por D. A.A.A. en representación de diversos interesados, todos con el mismo domicilio a efectos de notificación: ***DIRECCION.1. Las reclamaciones se dirigían contra las entidades Experian Bureau de Crédito, S.A. y Asnef-Equifax Servicios de Información sobre Solvencia y Crédito, S.L., y solicitaban la cancelación de datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito.
Las reclamaciones fueron inicialmente inadmitidas debido a la falta de acreditación de la representación y la identificación de los interesados. Sin embargo, se procedió a una investigación de oficio para verificar la exactitud de la dirección postal y la validez de la representación manifestada por D. A.A.A.
Durante la investigación, se requirió información al Ayuntamiento de Molina de Segura y se solicitó a D. A.A.A. y a NASDAQ MARENOSTRUM, SOCIEDAD LIMITADA que aportaran la documentación necesaria para acreditar la representación. Finalmente, se recibió documentación que incluía copias de documentos de identidad y consentimientos firmados por los interesados, autorizando a D. A.A.A. a actuar en su nombre.
Se concluyó que D. A.A.A. disponía de representación suficiente para ejercer los derechos de cancelación en nombre de los reclamantes, conforme a la normativa sobre protección de datos. Por lo tanto, se acordó el archivo de las actuaciones respecto a D. A.A.A. y se requirió a las entidades mencionadas que atendieran las reclamaciones presentadas por el representante de los interesados.