AEPD archiva denuncia por cámaras de videovigilancia: La cámara simulada no vulneró la privacidad

Resolución E-03264-2017
Firmado 2018-01-11T00:00:00Z
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El expediente E/03264/2017 se refiere a una denuncia presentada por D. B.B.B. contra Dª. C.C.C. por la instalación de cámaras de videovigilancia en ***DIRECCIÓN.1, enfocadas hacia la vía pública. El denunciante alegaba que la cámara estaba activa y que el cartel informativo era ilegible desde el exterior.

Tras la investigación, se determinó que la cámara denunciada era simulada y no grababa ni captaba imágenes, ya que se trataba de una carcasa de plástico sin conexión eléctrica. La denunciada argumentó que la instalación se realizó por razones de seguridad, debido a constantes desperfectos y agresiones en la finca, y que la cámara estaba ubicada a más de 16 metros de la vía pública.

La normativa de protección de datos establece que las imágenes de personas físicas identificadas o identificables constituyen datos personales y que su tratamiento debe ser adecuado, pertinente y no excesivo. Sin embargo, en este caso, al no haber captación ni grabación de imágenes, no se produjo un tratamiento de datos personales.

Dado que no se acreditó la captación o grabación de imágenes de datos personales por parte de la denunciada, y atendiendo al principio de presunción de inocencia, se procedió al archivo del expediente. Además, si la cámara fuera real y captara exclusivamente la propiedad de la denunciada, las captaciones tendrían un carácter doméstico y estarían amparadas por la excepción prevista en la Ley Orgánica de Protección de Datos para actividades exclusivamente personales o domésticas.