AEPD recomienda a Telefónica mejorar el proceso de baja de newsletters tras denuncia por complicaciones en la revocación del consentimiento

Resolución E-01093-2018
Firmado 2018-05-23T00:00:00Z
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El expediente E/01093/2018 se refiere a una denuncia presentada por A.A.A. contra Telefónica de España, S.A.U. El denunciante reclamaba que, aunque había solicitado dejar de recibir newsletters o comunicaciones comerciales de Telefónica, el proceso para darse de baja era complicado y requería proporcionar información adicional, como el DNI y el teléfono fijo, y consentir el envío de más publicidad. Además, para revocar el consentimiento, se le pedía enviar un escrito a una dirección postal.

Telefónica argumentó que las comunicaciones enviadas eran publicaciones digitales informativas sobre los productos contratados, como la cartelera de Movistar+, y que no existía una suscripción específica. Afirmaron que estas comunicaciones estaban permitidas por las condiciones generales del servicio y que los datos del denunciante fueron eliminados tras su solicitud de baja.

La resolución determinó que, aunque el procedimiento de baja no era adecuado, no se había vulnerado la normativa de protección de datos. Sin embargo, se recomendó a Telefónica mejorar el proceso para facilitar el ejercicio del derecho de oposición, asegurando que sea claro y fácil, y que el consentimiento sea libre y sin condiciones adicionales. Finalmente, se acordó el archivo de las actuaciones, notificando la resolución a ambas partes.