| Resolución | E-00730-2019 |
| Firmado | 2019-12-03T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El reclamante, Don A.A.A., presentó una denuncia contra Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA) y Gestores Administrativos Reunidos, S.A. (GARSA) el 31 de agosto de 2018. La denuncia se basaba en la recepción de un correo electrónico procedente de GARSA-BBVA, dirigido a varios buzones de correo electrónico, incluyendo el del reclamante. El correo solicitaba al reclamante que se pusiera en contacto con BBVA en relación con una financiación que mantenía con la entidad. El reclamante alegó que la dirección de contacto utilizada no era la corporativa de MAPFRE, sino una dirección personal de Gmail, y solicitó una compensación económica para restablecer su imagen y honor.
GARSA negó cualquier relación con el reclamante o BBVA y afirmó desconocer el origen del correo, declarándose no responsable de los hechos reclamados. Tras una investigación, se determinó que el correo había sido enviado por GYAR (anteriormente GARSA), una empresa contratada por BBVA para la recuperación de mora. GYAR había enviado el correo a la dirección proporcionada por el reclamante en una declaración de actividad económica y política de protección de datos personales.
La investigación se declaró caducada debido a que las actuaciones previas de investigación superaron el plazo máximo de doce meses sin que se hubiera dictado y notificado resolución expresa. Sin embargo, dado que los hechos no estaban prescritos, se acordó abrir nuevas actuaciones de investigación e incorporar la documentación existente a estas nuevas actuaciones. La resolución se notificó a BBVA, GARSA y al reclamante, y se hizo pública una vez notificada a los interesados.