AEPD archiva reclamación contra Deutsche Lufthansa AG tras confirmar que el error en la reserva fue un fallo técnico sin impacto en el tratamiento de datos.

Resolución CO-00125-2024
Firmado 2025-10-02T00:00:00Z
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La reclamación presentada por A.A.A. se refiere a una presunta vulneración del artículo 16 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) por parte de DEUTSCHE LUFTHANSA AG. La reclamante realizó una reserva de billetes de avión y solicitó la inclusión de su primer apellido en la reserva, pero no obtuvo una respuesta adecuada. La entidad reclamada indicó que no era necesario realizar ningún cambio, a pesar de la solicitud de rectificación de datos.

La reclamación se consideró de carácter transfronterizo debido a que DEUTSCHE LUFTHANSA AG tiene su establecimiento principal en Alemania. Por ello, la autoridad de control de Alemania-Hesse fue designada como la autoridad de control principal, y se remitió la reclamación a través del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI). Varias autoridades de control de otros países europeos también se declararon interesadas en el procedimiento.

La autoridad de control de Alemania-Hesse determinó que el error en la presentación del nombre se debió a un fallo técnico en el sistema de reserva, pero que el nombre completo había sido correctamente procesado y almacenado internamente. La entidad responsable del tratamiento aseguró que no hubo restricciones en los procesos de viaje o reserva de la reclamante y que se implementaron medidas técnicas y organizativas para evitar futuros incidentes.

Dado que no se encontraron indicios racionales de una infracción y que las medidas adoptadas por DEUTSCHE LUFTHANSA AG se consideraron adecuadas, se decidió archivar la reclamación. La resolución se notificó al reclamante y a la entidad responsable, y se hizo pública una vez notificada a los interesados.