AEPD archiva reclamación por presunta infracción de protección de datos al no encontrarse pruebas suficientes

Resolución AI-00384-2024
Firmado 2025-10-02T00:00:00Z
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El 13 de junio de 2024, se presentó una reclamación contra A.A.A. por una presunta infracción de la normativa de protección de datos. La reclamante, que había arrendado un local con una máquina de azar, solicitó a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía la no renovación de la autorización de uso de dicha máquina. Durante este proceso, la operadora de la máquina, INTERPLAY S.A., presentó alegaciones adjuntando una copia del contrato de arrendamiento entre la reclamante y el arrendador.

La reclamante denunció que la comunicación de su contrato de arrendamiento a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía por parte del arrendador constituía una violación de la normativa de protección de datos, ya que se había hecho sin su consentimiento. La reclamante envió burofaxes al arrendador y a INTERPLAY S.A. anunciando su intención de denunciar esta acción.

Tras las investigaciones, se determinó que no había suficientes pruebas para atribuir la responsabilidad de la infracción. La parte reclamada negó haber remitido la documentación y alegó que fue la propia reclamante quien la proporcionó a INTERPLAY S.A. Además, INTERPLAY S.A. afirmó que recibió el contrato de arrendamiento de la reclamante y la carta de rescisión del arrendador para acreditar la disponibilidad del local.

Dado que no se pudieron contrastar las manifestaciones de INTERPLAY S.A. debido a la falta de respuesta a los requerimientos enviados a las partes involucradas, se decidió archivar las actuaciones. No se impuso ninguna sanción porque no se encontraron evidencias claras que acreditaran la infracción denunciada.