AEPD Archiva Reclamación Contra Factor Energía: No Se Encuentra Infracción en Tratamiento de Datos Personales

Resolución AI-00349-2024
Firmado 2025-08-13T00:00:00Z
Enlace 📋

El expediente EXP202400861 se refiere a una reclamación presentada contra FACTOR ENERGÍA, S.A. por un cliente que denunció haber sido dado de alta como cliente sin su conocimiento ni consentimiento. La reclamante recibió una llamada de una asesora energética que le solicitó confirmar sus datos personales y le ofreció un descuento. La reclamante prefirió confirmar sus datos en una oficina física, pero le informaron que solo podía hacerlo por teléfono. Posteriormente, recibió una llamada de su empresa actual, NATURGY, informándole que se había solicitado su baja por FACTOR ENERGÍA, y luego recibió un burofax de FACTOR ENERGÍA informando de una factura pendiente de pago.

FACTOR ENERGÍA argumentó que la contratación se realizó a través de una empresa externa colaboradora mediante televenta, con confirmación por SMS. La empresa aportó grabaciones de las llamadas y certificados de terceros de confianza que acreditaban el consentimiento de la reclamante. Además, FACTOR ENERGÍA indicó que no había realizado comunicaciones comerciales posteriores y que había anulado la facturación emitida.

Tras la investigación, se concluyó que FACTOR ENERGÍA había acreditado que el tratamiento de los datos personales de la reclamante se basaba en un contrato en el que la reclamante era parte. Por lo tanto, no se encontraron evidencias de infracción en el tratamiento de datos personales. Se procedió al archivo de las actuaciones, sin sanción alguna, debido a que se determinó que el tratamiento de los datos se realizó conforme a una base de legitimación válida.