AEPD sanciona al Ayuntamiento de Torrelodones por exponer públicamente el DNI de una ciudadana en su sede electrónica

Resolución AAPP-00075-2017
Firmado 2018-04-27T00:00:00Z
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El Ayuntamiento de Torrelodones fue denunciado por Dña. D.D.D. y Don F.F.F. por hacer público el Documento Nacional de Identidad (DNI) de Dña. D.D.D. a través de su sede electrónica. Los denunciantes señalaron que el DNI estaba accesible en un documento relacionado con un expediente de contratación, y también era visible a través de un enlace en una noticia publicada en la página web del Ayuntamiento.

Los hechos denunciados fueron confirmados por los servicios de inspección, que verificaron que el DNI de Dña. D.D.D. estaba expuesto en la sede electrónica del Ayuntamiento sin restricciones. El Ayuntamiento reconoció el error y afirmó que se debió a un fallo humano, asegurando que se tomaron medidas para corregirlo y evitar futuras ocurrencias.

La resolución determinó que el Ayuntamiento había vulnerado el deber de secreto establecido en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Aunque el Ayuntamiento argumentó que no hubo intencionalidad ni culpabilidad, la resolución indicó que la falta de diligencia en el manejo de los datos personales constituyó una infracción grave.

Finalmente, se declaró que el Ayuntamiento de Torrelodones había infringido el artículo 10 de la LOPD, tipificada como grave. No se impuso una sanción económica, pero se notificó la resolución al Ayuntamiento y al Defensor del Pueblo, y se hizo pública la resolución una vez notificada a los interesados.