Ayuntamiento de Jimena de la Frontera sancionado por la AEPD por publicar datos personales sin consentimiento

Resolución AAPP-00046-2018
Firmado 2018-09-07T00:00:00Z
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El Ayuntamiento de Jimena de la Frontera fue denunciado por un ciudadano que alegaba que sus datos personales, incluyendo su nombre, apellidos y condición de discapacitado, estaban siendo publicados en redes sociales y en la página web del ayuntamiento. El denunciante participó en procesos de selección de personal y sus datos aparecían en listados públicos.

Se inició un procedimiento para investigar estas denuncias. Se verificó que en la página web del ayuntamiento se publicaban listados definitivos de seleccionados y suplentes para contrataciones temporales, incluyendo los datos del denunciante. Además, se encontró que en la página de Facebook del ayuntamiento había actas con datos de solicitantes, como nombres y tipos de ocupación solicitada.

El ayuntamiento no había establecido un régimen de publicación que limitara el acceso a estos datos solo a los participantes en el proceso, lo que vulneraba la protección de datos personales. La publicación de estos datos en abierto, sin consentimiento y sin una justificación legal clara, constituía una infracción grave según la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Se declaró que el Ayuntamiento de Jimena de la Frontera había infringido el artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Se le requirió que adoptara medidas para evitar futuras infracciones y que retirara los datos personales de candidatos de procesos selectivos tanto de su página web como de su página de Facebook. Además, se le instó a informar sobre el cumplimiento de estas medidas en un plazo de un mes. La resolución también advirtió que no cumplir con estos requerimientos podría resultar en nuevas sanciones.