AEPD sanciona a la Mancomunidad T.H.A.M. por recopilar datos sensibles de adolescentes sin consentimiento parental

Resolución AAPP-00042-2018
Firmado 2018-12-04T00:00:00Z
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En el procedimiento AP/00042/2018, se denunció que la Mancomunidad de Servicios Sociales T.H.A.M. (Torrelodones, Hoyo de Manzanares, Alpedrete y Moralzarzal) había recopilado datos personales de adolescentes sin el consentimiento de sus padres o tutores. El programa «Educadores de Calle» estaba dirigido a jóvenes de 12 a 18 años y incluía un cuestionario con preguntas sobre su vida íntima, como experiencias con drogas y relaciones sexuales.

La denuncia se centró en que los cuestionarios se cumplimentaron en el Instituto de Educación Secundaria de Alpedrete sin la autorización previa de los padres, y que los menores no fueron informados adecuadamente sobre la finalidad del tratamiento de sus datos ni sobre sus derechos. Además, se cuestionó la falta de cláusulas informativas en los formularios y la posibilidad de que los datos no fueran completamente anónimos, ya que algunos menores incluían su nombre.

La Mancomunidad argumentó que el programa tenía como objetivo detectar situaciones de riesgo y que, por tanto, no era necesario obtener el consentimiento de los padres para proteger el interés superior del menor. Sin embargo, se determinó que la falta de información clara y el posible tratamiento de datos sensibles sin consentimiento explícito constituían una infracción del artículo 7.3 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

Como resultado, se declaró que la Mancomunidad había infringido la normativa de protección de datos y se le requirió que adoptara medidas para evitar futuras infracciones. La resolución subrayó la importancia de informar adecuadamente a los menores y a sus padres sobre el tratamiento de datos personales y de obtener el consentimiento necesario, especialmente cuando se tratan datos sensibles.