AEPD sanciona al Colegio de Psicología de Tenerife por revelar datos de salud sin consentimiento

Resolución AAPP-00039-2018
Firmado 2018-09-14T00:00:00Z
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La resolución AP/00039/2018 trata sobre una denuncia presentada por A.A.A. contra el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Santa Cruz de Tenerife. La denunciante reclamó que, tras recibir tratamiento en el Centro de Psicología ATENEA, no se le entregó su historia clínica en sobre cerrado, sino que fue abierta y fotocopiada por el Colegio antes de serle entregada. Además, la denunciante alegó que el Colegio comunicó información sensible sobre su salud a la Guardia Civil sin su consentimiento.

La denuncia se centra en la supuesta vulneración del derecho a la protección de datos personales, específicamente en lo relacionado con la salud. La denunciante solicitó que se sancionara a la psicóloga que entregó el informe en sobre abierto y que se le proporcionara una copia de la documentación que el Colegio se quedó.

El Colegio, por su parte, negó haber abierto ningún sobre cerrado y afirmó que actuó como mediador en el conflicto entre la denunciante y la psicóloga. Sin embargo, se determinó que el Colegio había comunicado datos de salud de la denunciante a la Guardia Civil sin su consentimiento expreso, lo cual constituye una infracción muy grave según la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

La resolución concluye que el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Santa Cruz de Tenerife infringió el artículo 7.3 de la LOPD, tipificada como muy grave. Se ordenó notificar esta resolución al Colegio y comunicarla al Defensor del Pueblo. Además, se establecieron medidas para evitar que se repita la infracción, como la prohibición de trasladar a terceros datos derivados de la tramitación de quejas deontológicas sin el consentimiento del afectado.