AePD sanciona al Ayuntamiento de Valencia por tratar datos de ideología y religión sin consentimiento expreso

Resolución AAPP-00036-2017
Firmado 2018-01-22T00:00:00Z
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En el procedimiento AP/00036/2017, se investigó una encuesta realizada por el Ayuntamiento de Valencia a 1.100 presidentes de falla, delegados de sector y falleros de base. La encuesta, llevada a cabo por la empresa Invest Group, incluía preguntas sobre ideología política, religión y otros aspectos personales. Los encuestadores solicitaban datos personales como nombre, apellido, número de teléfono, sector de la falla y dirección, justificando que estos datos eran necesarios para verificar la realización de la encuesta.

La denuncia se centró en la falta de consentimiento expreso y por escrito para el tratamiento de datos especialmente protegidos, como ideología y religión, lo cual es requerido por la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Además, se cuestionó la forma en que se manejaron los datos personales, ya que aunque se disociaron las respuestas de los datos identificativos, estos últimos se utilizaron para la validación de las encuestas.

El Ayuntamiento argumentó que los datos personales fueron destruidos tras la validación y que nunca fueron facilitados al consistorio, además de que la empresa encargada del tratamiento cumplía con las normativas de protección de datos. Sin embargo, se determinó que el Ayuntamiento, como responsable del tratamiento, no había asegurado que se obtuviera el consentimiento adecuado de los encuestados.

Finalmente, se declaró que el Ayuntamiento de Valencia había infringido el artículo 7.2 de la LOPD, tipificada como muy grave, por tratar datos de ideología y religión sin el consentimiento expreso y por escrito de los afectados. Se le requirió adoptar medidas para evitar futuras infracciones.