AEPD sanciona al Ayuntamiento de Jerez por exponer datos personales sensibles en Internet

Resolución AAPP-00028-2018
Firmado 2018-09-27T00:00:00Z
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La decisión se refiere a una denuncia presentada por Dña. A.A.A. contra el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera. La denunciante descubrió que al buscar su nombre en Google, aparecía un enlace a la página web del Ayuntamiento que contenía información detallada sobre una demanda que había interpuesto contra el municipio por despido improcedente. Esta información incluía su nombre completo, NIF, y la indemnización a percibir, lo cual es considerado datos personales sensibles.

La denunciante adjuntó capturas de pantalla que mostraban cómo, al acceder a la versión en caché del documento, se podía ver toda la información sin anonimizar. Esto significaba que cualquier persona con acceso a Internet podía ver estos datos personales sin restricción alguna.

El Ayuntamiento de Jerez argumentó que el Acta de la Junta de Gobierno Local se había publicado anonimizada, cumpliendo con la Ley de Transparencia. Sin embargo, se demostró que el método utilizado para anonimizar los datos (tachado o sombreado) no era efectivo, ya que la información seguía siendo accesible a través de motores de búsqueda.

La decisión concluye que el Ayuntamiento de Jerez infringió el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que establece el deber de secreto y protección de los datos personales. Esta infracción se considera grave según el artículo 44.3.d) de la LOPD. La sanción impuesta se justifica porque el Ayuntamiento no adoptó medidas adecuadas para proteger los datos personales, permitiendo su acceso indebido a través de Internet.

Finalmente, se declara que el Ayuntamiento de Jerez debe corregir esta situación y adoptar medidas efectivas para garantizar la protección de los datos personales en futuras publicaciones.