AEPD archiva sin sanción caso de uso no autorizado de fotografía en publirreportaje

Resolución A-00433-2017
Firmado 2018-01-11T00:00:00Z
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En el procedimiento A/00433/2017, Don B.B.B. denunció a Don A.A.A. por la publicación de una fotografía suya en un periódico. La imagen fue tomada durante un evento en el que Don B.B.B. trabajaba como maquillador, y él había consentido que se usara para un reportaje sobre dicho evento. Sin embargo, la fotografía apareció en un publirreportaje de una clínica de tratamientos estéticos capilares, lo cual no fue autorizado por el denunciante.

Don A.A.A. argumentó que la publicación estaba amparada por el derecho a informar y que había solicitado la retirada de la imagen de la edición digital del periódico, lo cual fue concedido. A pesar de esto, se determinó que la publicación de la fotografía sin el consentimiento explícito del afectado para ese uso específico constituía una infracción grave de la normativa de protección de datos. Además, se consideró que los datos fueron utilizados para una finalidad distinta a la inicialmente consentida, lo que también representaba una infracción grave.

Finalmente, se decidió archivar el procedimiento sin sanción, ya que Don A.A.A. no había sido sancionado previamente y las infracciones fueron consideradas puntuales. La retirada de la fotografía de la edición digital del periódico fue vista como una medida correctora suficiente, evitando así la necesidad de una sanción.