AEPD apercibe al Arzobispado de D.D.D. por revelar información personal sin consentimiento y vulnerar la intimidad de una notaría

Resolución A-00409-2017
Firmado 2018-01-11T00:00:00Z
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En el procedimiento A/00409/2017, Doña A.A.A. denunció al Arzobispado de D.D.D. por haber revelado información personal sin su consentimiento. La denunciante, quien trabajó como notaría en el Tribunal Interdiocesano de Primera Instancia de D.D.D., recibió una carta certificada el 25 de abril de 2016, en la que se informaba a su cliente, Don C.C.C., sobre un proceso penal y una querella criminal en su contra. La denunciante alegó que esta revelación vulneraba su intimidad y derechos fundamentales.

El Arzobispado argumentó que la denunciante había hecho pública su situación en una asamblea y en un periódico, y que la información se notificó a su cliente después de que ella misma lo supiera. Sin embargo, se determinó que el Arzobispado había vulnerado el deber de confidencialidad al informar a un tercero sobre la situación jurídica de la denunciante, incumpliendo el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

La infracción se consideró grave según el artículo 44.3.d) de la LOPD, ya que se vulneró el deber de guardar secreto sobre los datos personales. No obstante, dado que el Arzobispado no había sido sancionado previamente y atendiendo a la naturaleza de los hechos, se decidió no abrir un procedimiento sancionador. En su lugar, se apercibió al Arzobispado para que cumpliera con el artículo 10 de la LOPD y se le requirió informar sobre las medidas correctoras adoptadas en un plazo de un mes. La resolución se hizo pública una vez notificada a los interesados.