AEPD archiva denuncia por videovigilancia tras comprobar que cámaras no captaban vía pública

Resolución A-00362-2017
Firmado 2018-01-02T00:00:00Z
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En el procedimiento A/00362/2017, Don C.C.C. denunció la instalación de cámaras de videovigilancia en la vivienda de Don B.B.B., ubicada en una dirección específica. La denuncia se basó en que estas cámaras estaban captando y grabando la vía pública y la entrada del garaje del denunciante sin autorización, lo cual constituía una posible infracción a la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos.

Don C.C.C. adjuntó un reportaje fotográfico que mostraba la instalación de al menos dos cámaras de videovigilancia en el portón del garaje, enfocadas hacia la vía pública y zonas ajenas a la propiedad del denunciado. La inspección consideró que el tratamiento de datos personales realizado por Don B.B.B. a través de estas cámaras no cumplía con la normativa vigente.

Don B.B.B. alegó que las cámaras fueron instaladas por la empresa de seguridad SECURITAS DIRECT y que, tras recibir el acuerdo de audiencia previa, había redirigido las cámaras para evitar captar imágenes fuera de su propiedad. Aportó material gráfico que acreditaba que las cámaras solo capturaban imágenes de su vivienda.

Finalmente, se determinó que el sistema de videovigilancia instalado por Don B.B.B. cumplía con la normativa sobre protección de datos, ya que las cámaras solo capturaban imágenes de su vivienda y no enfocaban hacia la vía pública ni hacia viviendas colindantes. Por lo tanto, se acordó el archivo de las actuaciones y la notificación de esta resolución a Don B.B.B.