AEPD sanciona a usuario por publicar currículum sin consentimiento en Facebook, ordenando su retirada inmediata.

Resolución A-00291-2017
Firmado 2022-10-19T00:00:00Z
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B.B.B. denunció a A.A.A. por haber publicado su currículum en un grupo público de Facebook sin su consentimiento. El currículum incluía datos personales como dirección, número de teléfono y correo electrónico. A.A.A. argumentó que los datos eran públicos y que B.B.B. era una figura pública, pero se determinó que la difusión repetida de los datos personales sin consentimiento vulneraba la protección de datos.

A.A.A. fue apercibido por la infracción del artículo 6.1 de la LOPD, que requiere el consentimiento inequívoco para tratar datos personales. Se le ordenó retirar el currículum de cualquier grupo de Facebook y acreditar esta acción en un plazo de un mes. La sanción fue leve debido a la falta de reincidencia y la ausencia de perjuicios significativos a terceros.