| Resolución | A-00247-2018 |
| Firmado | 2018-11-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento A/00247/2018, la entidad THE GREEN MONKEY FRANCHISES, S.L. fue denunciada por FUTURTREC ENSEÑANZA, S.L. debido al envío de correos electrónicos comerciales sin el consentimiento previo de los destinatarios. La denuncia se basó en que, tras la resolución del contrato de franquicia entre ambas empresas, THE GREEN MONKEY FRANCHISES, S.L. utilizó la base de datos de los alumnos de FUTURTREC para enviar ofertas comerciales entre enero y marzo de 2018.
FUTURTREC alegó que los destinatarios de estos correos no habían autorizado dichos envíos y que la entidad denunciada había accedido a la base de datos en virtud del contrato de franquicia. THE GREEN MONKEY FRANCHISES, S.L. argumentó que contaba con el consentimiento de los destinatarios y que la relación contractual previa justificaba los envíos según el artículo 21.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI).
Sin embargo, se determinó que la entidad denunciada no había acreditado de manera suficiente el consentimiento previo de los destinatarios ni la existencia de una relación contractual directa que justificara los envíos. Además, se concluyó que los correos electrónicos enviados no cumplían con los requisitos establecidos en el artículo 21.1 de la LSSI, que prohíbe el envío de comunicaciones comerciales sin consentimiento previo.
Como resultado, se decidió apercibir a THE GREEN MONKEY FRANCHISES, S.L. por la infracción leve del artículo 21.1 de la LSSI. Se le requirió que cesara en el envío de comunicaciones comerciales a las direcciones de correo electrónico afectadas y que implementara medidas para evitar futuros envíos no autorizados. La entidad también tuvo que informar sobre el cumplimiento de estas medidas en un plazo de un mes.