AEPD sanciona a empresa por recopilar datos de menores sin consentimiento parental en centros escolares de Tenerife

Resolución A-00246-2018
Firmado 2018-09-06T00:00:00Z
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En el procedimiento A/00246/2018, se denunció que una empresa, A.A.A., había entregado cuestionarios en dos centros escolares de Santa Cruz de Tenerife sin solicitar el consentimiento de los padres de los menores para la recopilación de datos personales. La denuncia fue presentada por B.B.B., quien señaló que los cuestionarios no incluían ninguna solicitud de consentimiento y que los datos recabados podrían ser cedidos al Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo.

La empresa A.A.A. había suscrito un contrato con el Ayuntamiento para evaluar y optimizar los recursos educativos y sociales del municipio. Sin embargo, el contrato no especificaba la necesidad de obtener el consentimiento de los padres para la recopilación de datos de los menores. Además, la empresa solo solicitó el consentimiento de los padres después de que los cuestionarios ya habían sido entregados y cumplimentados, lo cual no cumplía con las normativas vigentes sobre protección de datos.

La empresa argumentó que los cuestionarios no fueron cumplimentados y que no se trataron los datos de los menores. Sin embargo, no pudo acreditar que todos los datos recabados contaran con el consentimiento válidamente obtenido de los padres. Esto constituyó una infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que establece que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento inequívoco del afectado.

Dado que la infracción se tipificó como grave, se decidió apercibir a la empresa A.A.A. para que, en un plazo de un mes, cumpliera con lo establecido en el artículo 6 de la LOPD. Se le requirió reformular la cláusula informativa de los cuestionarios para incluir la obligatoriedad o voluntariedad de proporcionar los datos, así como la necesidad de obtener el consentimiento de los padres para los menores. Además, se le advirtió que, en caso de no atender el requerimiento, podría incurrir en una infracción sancionable según la LOPD.