| Resolución | A-00199-2018 |
| Firmado | 2018-07-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento A/00199/2018, se denunció la instalación de un sistema de videovigilancia en el parque comercial y de ocio «Málaga Nostrum». El denunciante, B.B.B., alegó que las cámaras estaban instaladas en la acera pública y posiblemente captaban espacios públicos, lo cual podría infringir la normativa de protección de datos.
La entidad responsable del sistema, la Comunidad de Propietarios Málaga Nostrum, explicó que el sistema estaba instalado en un complejo inmobiliario privado y que las cámaras tenían como objetivo disuadir y prevenir delitos. Sin embargo, se observó que varias cámaras captaban áreas públicas, lo cual es una infracción grave según la normativa de protección de datos, ya que solo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están autorizadas para grabar imágenes en la vía pública.
La decisión fue apercibir a la entidad responsable para que, en un plazo de un mes, retirara, reorientara o reubicara las cámaras que captaban espacios públicos. Además, se le requirió informar sobre el cumplimiento de esta medida. En caso de no atender el requerimiento, la entidad podría enfrentar una sanción por infracción grave, que podría llegar a los 300.000 euros. La resolución se hizo pública una vez notificada a los interesados, y se estableció un plazo para interponer recursos administrativos o contenciosos.