AEPD sanciona a Timeshare Reclaim&Consulting por envío de correos comerciales sin consentimiento

Resolución A-00176-2018
Firmado 2018-06-01T00:00:00Z
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En el procedimiento A/00176/2018, Don D.D.D. denunció a la entidad SAKBO SPAIN, S.L. (Timeshare Reclaim&Consulting) por haber recibido una comunicación comercial no solicitada. El correo electrónico, enviado el 18 de diciembre de 2017, promocionaba servicios jurídicos relacionados con reclamaciones de indemnización por contratos de tiempo compartido. El denunciante alegó que no había dado su consentimiento previo ni existía una relación contractual previa con la empresa.

La entidad denunciada reconoció el envío del correo pero argumentó que no se trataba de una oferta concreta, sino de información preliminar sobre sus servicios. Además, afirmaron que los datos de contacto del denunciante eran públicos y de conocimiento general.

Se determinó que el envío del correo electrónico constituía una infracción leve del artículo 21.1 de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), ya que no se contaba con el consentimiento previo del destinatario ni existía una relación contractual previa. Además, aunque la empresa ofrecía un mecanismo para oponerse a futuras comunicaciones, este no se ajustaba a las exigencias del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Dado que se trataba de una infracción leve y no había antecedentes previos de sanciones, se decidió no imponer una sanción económica. En su lugar, se apercibió a la entidad para que adoptara las medidas necesarias para evitar futuras infracciones y se le requirió que informara sobre el cumplimiento de estas medidas en un plazo de un mes. Si no se cumplía con el requerimiento, se procedería a la apertura de un procedimiento sancionador.