| Resolución | A-00165-2018 |
| Firmado | 2018-06-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento A/00165/2018, Don B.B.B. denunció la instalación inapropiada de una cámara de video-vigilancia por parte de Doña A.A.A. La cámara estaba orientada hacia la propiedad del denunciante y hacia la vía pública, lo cual podría infringir la normativa sobre protección de datos.
La denuncia se basó en la instalación de cámaras de video-vigilancia en una dirección específica, enfocadas hacia la propiedad del denunciante y hacia la vía pública. Don B.B.B. adjuntó un reportaje fotográfico que mostraba la ubicación de la cámara.
Tras la denuncia, se determinó que el tratamiento de datos personales realizado a través de la cámara no cumplía con las condiciones establecidas por la normativa de protección de datos. La denunciante argumentó que las cámaras estaban instaladas en una propiedad privada y que no enfocaban hacia la vía pública, sino hacia su propia propiedad. Sin embargo, no se realizaron alegaciones específicas sobre la cámara exterior que estaba instalada en la zona de servidumbre de paso del denunciante.
Se constató la existencia de un cartel informativo en la fachada exterior de la vivienda de Doña A.A.A., indicando que se trataba de una zona video-vigilada. No obstante, no se pudo verificar la orientación exacta de las cámaras ni se realizó ninguna alegación sobre la cámara exterior denunciada.
Dado que los hechos denunciados podrían constituir una infracción grave, se decidió apercibir a Doña A.A.A. para que, en el plazo de un mes, cumpliera con lo establecido en la normativa de protección de datos. Se le requirió que realizara alegaciones sobre la cámara objeto de denuncia, acreditara la reorientación de la cámara hacia su finca exclusivamente o procediera a su retirada, y que informara del cumplimiento de lo requerido, aportando la documentación pertinente.
La sanción se justificó por la necesidad de asegurar el cumplimiento de la normativa de protección de datos y evitar futuras infracciones. Se advirtió a Doña A.A.A. que, en caso de no atender el requerimiento, podría incurrir en una infracción sancionable según la normativa vigente.