AEPD sanciona por la divulgación no consentida de datos personales en internet

Resolución A-00092-2018
Firmado 2018-05-07T00:00:00Z
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En el procedimiento A/00092/2018, se denunció a D. K.K.K. por divulgar a través de internet fragmentos de una demanda y un acuerdo notarial que contenían datos personales de D. A.A.A., incluyendo su nombre, apellidos, domicilio y DNI. Estos documentos fueron publicados en un blog accesible a terceros sin restricción alguna.

La denuncia se basó en la vulneración de los artículos 6 y 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). El artículo 6 establece que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento inequívoco del afectado, salvo en casos excepcionales. El artículo 10 impone el deber de secreto y confidencialidad sobre los datos personales, obligando a quienes intervengan en su tratamiento a guardar dicha información.

Se determinó que D. K.K.K. no había obtenido el consentimiento de D. A.A.A. para publicar los documentos, lo que constituía una infracción grave según el artículo 44.3.b) de la LOPD. Además, al hacer accesibles estos datos a terceros sin restricción, se vulneró el deber de secreto, tipificado como infracción grave en el artículo 44.3.d) de la LOPD.

Dado que se trataba de un concurso medial, donde un mismo hecho derivaba en dos infracciones, se decidió subsumir ambas infracciones en una, declarando únicamente la infracción del artículo 6 de la LOPD.

Finalmente, se decidió apercibir a D. K.K.K. para que, en el plazo de un mes, eliminara la información divulgada y adoptara medidas técnicas y organizativas que impidieran futuras divulgaciones sin consentimiento. Se le advirtió que, en caso de no cumplir con el requerimiento, podría incurrir en una infracción sancionable según la LOPD.