| Resolución | A-00082-2018 |
| Firmado | 2018-07-05T00:00:00Z |
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En el procedimiento A/00082/2018, se denunció la instalación y operación de un sistema de videograbación en un dron durante el festival de música electrónica Dreambeach en Almería, en agosto de 2017. La denuncia fue presentada por la Dirección General de la Guardia Civil, que verificó que el denunciante, D. A.A.A., estaba grabando el evento sin ninguna autorización.
El dron, un aparato recreativo con una tarjeta de memoria de 32 GB, fue utilizado para grabar imágenes del festival, que contaba con aproximadamente 175,000 asistentes. La Guardia Civil intervino la tarjeta de memoria, pero no se cancelaron las imágenes grabadas. El denunciante no proporcionó información sobre el motivo de las grabaciones, ni si contaba con el consentimiento de los asistentes.
La normativa vigente establece que el tratamiento de imágenes a través de sistemas de videovigilancia debe respetar el principio de proporcionalidad y cumplir con el deber de informar a los afectados. En este caso, no se cumplieron estos requisitos, ya que no se informó a los asistentes sobre la grabación ni se obtuvo su consentimiento.
La infracción se tipifica como grave según el artículo 44.3.b) de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que considera como tal tratar datos de carácter personal sin recabar el consentimiento de las personas afectadas. Esta infracción podría ser sancionada con multas que van desde 40,001 a 300,000 euros.
Sin embargo, se decidió apercibir al denunciante en lugar de imponer una sanción, debido a que se cumplen los requisitos del artículo 45.6 de la LOPD. Este artículo permite apercibir al responsable para que adopte medidas correctoras, siempre que los hechos sean constitutivos de una infracción leve o grave y el infractor no haya sido sancionado con anterioridad.
Se le requirió a D. A.A.A. que acreditara el borrado de las imágenes grabadas durante el festival y que informara a la Agencia del cumplimiento de este requerimiento en un plazo de un mes. En caso de no atender este requerimiento, podría incurrir en una infracción sancionable según la LOPD.